La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio
social que permite prever el riesgo que origina el cese de una relación laboral
y la consecuente pérdida de ingresos en la vida de una persona y su familia.
¿Cómo sé si mi empleador está obligado a pagar CTS?
Para saber si tú como trabajador Eres beneficiario del pago
de la CTS, Lo primero que tienes que saber es, Cuál es el régimen laboral de la
empresa donde laboras.
El depósito a recibir dependerá del régimen laboral de la
empresa, así tenemos los siguientes casos:
- Régimen Privado
- Microempresas
- Pequeña empresas
- Construcción Civil
- Trabajadoras del Hogar
- Artistas
- Régimen Minero
- Régimen Agrario
¿Quiénes tienen derecho a CTS?
Para tener derecho a la CTS regulada por la Ley de
Compensación por Tiempo de Servicios el trabajador debe laborar por lo menos 4
horas diarias o 24 horas semanales en una empleadora que pertenezca al régimen
laboral general de la actividad privada (Artículo 4° del Decreto Supremo N°
001-97-TR) o en una pequeña empresa registrada en el Registro Nacional de Micro
y Pequeñas Empresas REMYPE (Artículo 41º del Decreto Supremo 007-2008-TR). Es
decir, no corresponde la CTS a los trabajadores estatales de la carrera
administrativa o de contrato administrativo de servicios, ni a los trabajadores
de microempresas que se encuentren registradas en REMYPE. Aquí hay que hacer
una precisión: si la microempresa o la pequeña empresa no se encuentran
registradas en REMYPE sus trabajadores pertenecerán al régimen laboral general
de la actividad privada como cualquier otra empresa y deberán abonar la CTS a
sus trabajadores bajo las reglas del Decreto Supremo N° 001-97-TR.
¿Cuándo se paga la CTS?
El pago de las CTS son cada 6 meses en la cuenta CTS que el
trabajador mantenga en el sistema financiero. Los depósitos se efectúan la
quincena de Mayo y la quincena de Noviembre de cada año, según ordena el
Artículo 22° del Decreto Supremo N° 001-97-TR. Pero si tales fechas caen en día
no laborable el plazo se prorroga hasta el siguiente día hábil.
Después me conoce algunas interrogantes, realizaremos el
cálculo de CTS.
Forma de Uso
Aplicativo es muy sencillo de usar, Pasos para tener en
cuenta:
- Llenar una celda de color celeste con su información según sea tu caso.
- No dejar ninguna celda de color celeste bacía y si no tiene información colocar 0.
- No olviden modificar la fecha del semestre trabajado.
Calculadora de CTS APP Online
Recuerda.
El próximo Lunes 15 de Mayo 2017 es el plazo máximo para
realizar el depósito de las CTS de Mayo 2017 correspondiente al periodo Noviembre/
2016 – Abril/ 2017.
Los resultados obtenidos con esta aplicación son referencias
a la información ingresada.
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BorrarSaludos, no pude encontrar ningún enlace para la aplicación o talvez ya no se encuentra vigente. Agradecería enormemente puedan solucionar esto, ya que herramientas como esta o como una calculadora IGV resultan verdaderamente útiles y nos simplifican procesos. Excelente aporte!
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